Cinerario Parroquial
El depósito de Cenizas, se realiza los 2º viernes de cada mes. Acercarse a Secretaría Parroquial para reservar fecha.
En medio del enorme dolor de perder a un ser querido, en nuestro corazón se enciende la esperanza de volver a vernos y la certeza de que esta separación no es para siempre. Y mientras esto sucede, el hecho de dar un descanso cristiano y digno a los restos de nuestros difuntos, así como se veneran las reliquias de los santos, nos brinda un poco de consuelo y nos hace sentir un poco menos separados.
Para ese descanso digno y conforme a la esperanza cristiana, la Iglesia acepta también la cremación y recomienda, dada la complejidad de las grandes ciudades, que sería provechoso que en determinados templos, ya sean parroquias, iglesias o santuarios, se diera un espacio físico a las cenizas de los cuerpos de los hermanos difuntos, con el decoro y cuidado merecidos. Ese espacio físico se llama cinerario y retomaría la antigua tradición de sepultar a los difuntos en las inmediaciones del templo parroquial. De este modo la Iglesia que, como Madre, ha llevado sacramentalmente en su seno al cristiano durante su peregrinación terrena, lo acompaña al término de su caminar para entregarlo en las manos del Padre y le ofrece su casa para el descanso.
El cinerario tiene por finalidad solucionar el problema de la disposición final de las cenizas de los fieles difuntos en un lugar apropiado y decoroso, en tierra bendita. Los restos de los difuntos que fueron cremados y reducidos a cenizas, pueden encontrar su descanso definitivo en este cinerario, dentro del ámbito de la parroquia.
Desde el siglo I, los cristianos han seguido la costumbre semítica de enterrar al difunto. Es tradición expresa de la Iglesia Católica, que la práctica del entierro cristiano de los fieles se mantenga.
El Código de derecho Canónico declara que “la Iglesia sinceramente recomienda que la piadosa costumbre de enterrar el cuerpo de los difuntos se observe; sin embargo, no prohíbe la cremación, a menos que haya sido elegida por razones contrarias a la enseñanza cristiana.”
Los católicos pueden elegir la cremación, siempre que de ninguna forma exprese una negación de la enseñanza católica de la dignidad del cuerpo, creado por Dios para ser un templo del Espíritu Santo y destinado a compartir plenamente en la resurrección de los justos en el último día.
Por eso hay que subrayar que “los restos cremados de un cuerpo deben ser tratados con el mismo respeto dado a los restos corporales de un cuerpo humano. Esto incluye el uso de un recipiente digno para contener la cenizas, la manera en que son llevadas, el cuidado y la atención para colocarlas y transportarlas de manera apropiada, y la disposición final.”
La disposición final de los restos cremados siempre debe reflejar la creencia cristiana en la resurrección corporal y el respeto que se le ofrece al cuerpo humano aún después de la muerte.
Velando por la dignidad de las personas, la Iglesia aconseja vivamente sepultar las cenizas en un lugar especialmente consagrado donde los creyentes puedan reunirse una y otra vez a orar por sus seres queridos. Es decir, recomienda no mantener las cenizas en casa, ni esparcirlas en el mar, en el aire o en algún parque o jardín.